TESTIMONIO: VISTO: La necesidad de producir mejoras en los porcentajes de cobrabili-dad de las tasas municipales, y CONSIDERANDO: Que resulta necesario conocer algunos de los motivos que inciden en la baja cobrabilidad de las tasas municipales. Que es obligación de las autoridades interpretar lo más fielmente posible la realidad del contribuyente, tratando de adecuar el accionar de la comuna a esa realidad, toda vez que las circunstancias lo permitan. Que resulta evidente que en oportunidades el contribuyente no puede acceder al pago de la totalidad del valor de la tasa, pero sí podría hacerlo si se tomara en pago a cuenta una cifra menor. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 48/92 ------------------------------ ARTICULO 1.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a implementar en el ámbito de ------------ la Municipalidad de Balcarce, un sistema que contemple el pago a cuenta por parte del contribuyente de las tasas municipales, contribuciones, me-joras y planes de pago.-------------------------------------------------------- ARTICULO 2.- La puesta en marcha del artículo 1º de la presente Ordenanza, no ------------ deberá modificar de manera alguna, los montos establecidos para las distintas tasas, en la Ordenanza Impositiva oportunamente aprobada.------------- ARTICULO 3.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-------------------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordina-ria, a los veinticinco días del mes de junio de mil novecientos noventa y dos. FIRMADO: Dr. Norberto A. Pilone - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.---